Nuevas medidas anti Covid desde el lunes 8

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05 Mar 2021

Desde el lunes 8 de marzo entran en vigor nuevas medidas menos restrictivas en la lucha contra el Coronavirus. Entre otros aspectos se permite la reapertura del interior de establecimientos hosteleros, centros deportivos y comerciales, se relajan las limitaciones para practicar deporte, y se establece en el 50% el aforo para los lugares de culto.

En todo caso se mantiene el toque de queda a partir de las 22:00 horas y hasta las 06:00 del día siguiente. También se mantiene vigente el cierre perimetral de toda Castilla y León, aunque se permite la movilidad entre las provincias de dentro de la Autonomía. Además se recuerda la necesidad de mantener comportamientos individuales responsables y preventivos: uso obligatorio de la mascarilla, lavado frecuente de manos, mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad y la limitación a cuatro personas no convivientes de la permanencia en espacios de uso público, ya sean públicos o privados.

En hostelería y restauración, el consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 33 % del aforo. Se limitará la ocupación máxima de mesas o agrupaciones de mesas a seis personas. En todo caso, la distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas será de 1,5 metros en terrazas al aire libre, y de dos metros en el interior de los establecimientos. Las terrazas se podrán abrir con el 75 % del aforo.

En ocio y cultura, museos y salas de exposiciones deberá respetarse la limitación de un tercio de su aforo; por su parte en cines y teatros, aforo máximo a un tercio de la capacidad, pero si no hay entradas pre asignadas, se limita la asistencia a veinticinco personas en interior y a cincuenta al aire libre.

Centros comerciales y comercios minoristas: un tercio del aforo tanto en locales de interior como en zonas comunes.

Deportes: al aire libre, sin restricciones pero respetando las medidas preventivas individuales generales; en instalaciones cerradas (gimnasios y centros deportivos), un tercio del aforo, con uso obligatorio de la mascarilla (excepto para competiciones oficiales) y desarrollo de deporte sin contacto físico (máximo seis personas simultáneamente), exceptuando deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento; y en cuanto a la asistencia a eventos deportivos, aforo máximo a un tercio de la capacidad, pero si no hay entradas pre asignadas, se limita la asistencia a veinticinco personas en interior y a cincuenta al aire libre.

Ámbito social: un tercio de aforo en lugares de culto; y limitación a diez personas en velatorios en lugares cerrados y a quince, si es al aire libre.

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